miércoles, 26 de mayo de 2010

EMPRENDEDORES JUVENILES 2010


Con el objeto de fomentar una cultura de la productividad entre las y los jóvenes potosinos, mediante la entrega de apoyos económicos a los mejores proyectos sustentables con responsabilidad social, a fin de incentivar el autoempleo juvenil; contribuir a la generación de empleos para jóvenes en el estado; promover el arraigo de los jóvenes en sus comunidades mediante actividades productivas, así como impulsar la coordinación con instituciones públicas, privadas y sociales sin fines de lucro, que fomenten el autoempleo juvenil,


EL GOBIERNO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ
ATRAVÉS DEL
INSTITUTO POTOSINO DE LA JUVENTUD
Y
EL INSTITUTO MEXICANO DE LA JUVENTUD

INVITAN
A las y los jóvenes del Estado de San Luis Potosí que inicien nuevas empresas o negocios y jóvenes que ya cuenten con una empresa o negocio en crecimiento para que presenten proyectos productivos que generen autosuficiencia para sí mismos, con merecimiento a recibir los beneficios de la Convocatoria “Emprendedores Juveniles 2010”, de acuerdo con las siguientes:

BASES

Primera. Podrán participar todos los jóvenes de 18 a 29 años de edad (cumplidos al 30 de octubre del 2010) que ejecuten por si mismos proyectos, mediante la presentación de propuestas productivas que fomenten la creación de empleos.
Segunda. El apoyo podrá ser solicitado para desarrollar proyectos de carácter lícito, de tipo tradicional, tecnología intermedia y alta tecnología.
Tercera. Los proyectos podrán ser presentados de conformidad con las siguientes categorías:

CATEGORÍA “A”: Jóvenes en lo individual o en grupo, que inicien nuevas empresas o negocios. Que cuenten con Registro Federal de Contribuyentes emitido durante el período enero-octubre del 2010. Inscritos en cualquier régimen fiscal que corresponda, de acuerdo a las actividades económicas que realice. Como persona física o moral.
CATEGORÍA “B”: Jóvenes en lo individual o en grupo, que cuenten con un negocio o empresa en crecimiento y deseen fortalecerlo. Que presenten Registro Federal de Contribuyentes, emitido durante el período enero 2009-octubre del 2010, inscritos en cualquier régimen fiscal que corresponda, de acuerdo a las actividades económicas que realice, como persona física o moral.

El monto a otorgar, será determinado por el Consejo Técnico Evaluador, de acuerdo a las categorías anteriormente descritas, características y requerimientos propios de los proyectos participantes.

Aportaciones por parte del emprendedor
Podrán considerarse aportaciones directamente vinculadas al proyecto, tales como inversiones previamente realizadas, consistentes en maquinaria, equipo, mobiliario, artículos de oficina, terreno, lugar donde se opera el proyecto, propio o rentado y en general todas las inversiones realizadas para el arranque de la empresa o negocio. Esta aportación podrá ser en efectivo en parte o en su totalidad, de acuerdo al porcentaje de aportación, según las categorías antes descritas.
Lo anterior, para el caso en que los emprendedores aporten en efectivo en parte o en su totalidad, lo correspondiente a su porcentaje de aportación.
En caso de no contar con las facturas, recibos o comprobantes correspondientes que respalden la adquisición de los bienes en especie aportados por el emprendedor, el Instituto Potosino de la Juventud, en coordinación con una incubadora de empresas de la localidad, deberán presentar la Cedula de Aportación del Emprendedor, en donde se especifique el valor apreciativo de los bienes aportados por el emprendedor. Dicha cédula deberá estar firmada por el emprendedor, el Director General del Instituto Potosino de la Juventud y el Representante de la Incubadora de Empresas seleccionada.
Cuarta. El apoyo podrá ser solicitado para desarrollar cualquier tipo de actividad productiva y lícita que genere empleos directos é indirectos.
Quinta. Con el fin de incentivar y apoyar el crecimiento y consolidación de la empresa o negocio, el beneficiario deberá reintegrar al Instituto Potosino de la Juventud, el recurso recibido, en un plazo no mayor a 18 meses, después de un período de gracia de dos meses, para iniciar el reintegro de los recursos, mediante depósitos mensuales en la cuenta bancaria que indicará el Instituto Potosino de la Juventud. Los montos otorgados a los beneficiados no tienen costo financiero.
Sexta. Los participantes del proyecto, deberán cumplir con los siguientes requisitos generales:
1. Realizar su registro ante el Instituto Potosino de la Juventud.
2. Copia de Acta de Nacimiento o Certificado de nacionalidad.
3. Presentar el proyecto conforme a la presente convocatoria.
4. El emprendedor deberá exhibir el monto de su aportación al proyecto, en especie y en efectivo (mediante cuenta bancaria a su nombre y la cédula de aportación del emprendedor).
5. Contar con un tutor solidario del proyecto para su ejecución, entendiéndose como tutor a un representante de institución pública, privada, social o persona física, mayor de edad, que cuente con conocimientos y experiencia en el manejo de una empresa o negocio. (Se excluye a familiares directos e indirectos del emprendedor e integrantes de otros proyectos participantes).
6. Carta compromiso del tutor solidario dirigida al Director General del Instituto Potosino de la Juventud, en la que avale su compromiso por apoyar el buen desempeño del proyecto.
7. Copia de documentos que acrediten la identidad y domicilio del emprendedor (Credencial de elector o Pasaporte) y domicilio (agua, luz, teléfono).
8. Presentar tres referencias (no familiares), anexar copia de sus credenciales del IFE, en frente y reverso con números telefónicos y cuenta de correo en caso de tenerla.
9. Copia del Registro Federal de Contribuyentes, anexar forma R1 de la SHCP, en donde se específica la fecha de alta ante la SHCP, el Régimen fiscal, giro y actividad económica.
10. Todos los solicitantes, ya sean en grupo o en lo individual, deberán declarar bajo protesta de decir verdad por sí o mediante su representante, que no reciben otro apoyo federal para el mismo proyecto.

Séptima. Para los jóvenes y grupos de jóvenes que inician nuevas empresas o negocios, que cuenten con Registro Federal de Contribuyentes emitido durante el período enero-julio del 2010. Inscritos en cualquier régimen fiscal que corresponda, de acuerdo a las actividades económicas que realice como persona física o moral. Además de integrar la documentación que se establece en la cláusula sexta, deberán presentar:
1. Cédula de datos personales del/los participante(s) del grupo en su caso.
2. Copia de Acta de Nacimiento o Certificado de nacionalidad.
3. Copia de la Clave Única de Registro de Población (CURP).
4. Cumplir con los requisitos generales señalados.

En caso de participación en grupo:
Cada uno de los integrantes del grupo, deberá contar con una edad comprendida entre los 18 y 29 años cumplidos al 30 de octubre de 2010 y cumplir con los requisitos generales antes señalados.
Octava. Jóvenes en lo individual o en grupo, que cuenten con un negocio o empresa en crecimiento y deseen fortalecerlo que presenten Registro Federal de Contribuyentes, emitido durante el período enero 2009-julio del 2010, inscritos en cualquier régimen fiscal que corresponda, de acuerdo a las actividades económicas que realice, como persona física o moral.
Jóvenes beneficiados en ediciones anteriores de esta convocatoria, cuyo negocio o empresa ya beneficiado se encuentre en proceso de crecimiento, que quieran fortalecerlo y hayan cumplido en sus reintegros, con alta ante la SHCP, durante el periodo enero-julio 2010 para aplicar a la Categoría “A”, y registro ante la SHCP, durante el período enero 2009 a julio 2010, para aplicar a la categoría “B”. En cualquier régimen fiscal que corresponda, de acuerdo a las actividades económicas que realice como persona física o moral.
Novena. Los recursos con los que cuenta el Instituto Potosino de la Juventud y el Instituto Mexicano de la Juventud, para el apoyo a proyectos productivos son $500,000.00 (QUINIENTOS MIL PESOS 00/100 M.N.).
Decima. El procedimiento para el registro, recepción, dictaminación, entrega de resultados y de recursos, de los proyectos participantes, se efectuará de acuerdo a los lineamientos establecidos en la presente convocatoria.
Décima primera. Los participantes, deberán presentar sus proyectos productivos en original y copia, de acuerdo al Manual del Emprendedor (diseñado para tal fin), escritos a máquina o computadora con buena presentación, en letra arial 12, en hojas tamaño carta, en una sola cara, foliadas, engargoladas o en fólder con broche. Los proyectos deberán:
• Estar escritos en forma clara y congruente.
• Reflejar una adecuada capacidad de pago.
• Definir claramente sobre la aplicación del recurso a recibir.
• Evidenciar la factibilidad del negocio o empresa.

La fecha límite para la recepción de proyectos es el viernes 30 de Julio del 2010 a las 18:00 horas., en la dirección del Instituto Potosino de la Juventud que corresponda, mismo que proporcionará a los jóvenes participantes el Manual del Emprendedor mencionado, así como la asesoría técnica, legal y financiera, para la conformación del proyecto productivo e integración del expediente.
Informes y entrega directa de los proyectos, envió por mensajería o correo certificado fechado antes del cierre, en las oficinas del Instituto Potosino de la Juventud, en las siguientes direcciones:

INSTITUTO POTOSINO DE LA JUVENTUD SAN LUIS POTOSI
Av. Salvador Nava Martínez S/N, Frente al Distribuidor Juárez (El CREA), Col. El Paseo, C.P. 78320, San Luis Potosí, S.L.P.,Tel.-01.800.50.57.444 / 01.444.814.10.12. Coordinador: Lic. María Dolores Pérez Martínez. E-mail: ipj_desarrolloeconomico@hotmail.com

ESPACIO PODER JOVEN CIUDAD VALLES
Dirección: Pedro Antonio Santos # 46, zona centro, C.P. 79000, CD. Valles, S.L.P. Tel.- 01 800 543 54 15/ 01481 38 324 94. Coordinador: Lic. Miguel Ángel Arenas Sánchez. E-mail: miguel_arenas_sanchez@hotmail.com

ESPACIO PODER JOVEN RIOVERDE
Dirección: Pablo Verastegui # 126, Col. Centro, Rioverde, C.P. 79610, S.L.P. Tel. 01 487 87 2 44 69. Coordinador: Lic. Itzel Ayamit Zamarrón Govea. E-mail: itzel_ayamit@hotmail.com

ESPACIO PODER JOVEN MATEHUALA
Dirección: Francisco González Bocanegra 102, Int. 65, Col. Centro, C.P. 78700, Matehuala, S.L.P. Tel.- 01 800 276 92 78/ 01 488 8826 761. Coordinador: Lic. Franco Alberto Lujan Martínez. E-mail: lumarf9@hotmail.com

Décima segunda. Los proyectos participantes serán evaluados de acuerdo a los siguientes criterios:
1. Viabilidad técnica, financiera y comercial del proyecto.
2. Ser generador de empleo (1 a 3).
3. Impacto social.
4. Originalidad y creatividad.
5. Promoción de la participación de las y los jóvenes en el crecimiento y desarrollo de la localidad.
6. Reflejar una adecuada capacidad de pago.

Décima tercera. El Consejo Técnico de Evaluación, estará integrado por reconocidas personalidades especialistas en la materia, su fallo será inapelable.
Décima cuarta. Quedan excluidos de estos beneficios, participantes de Partidos Políticos, Agrupaciones Políticas Estatales y Locales, Asociaciones o Grupos Religiosos, Organizaciones Civiles (ONG’s), Funcionarios del Instituto Potosino de la Juventud, así como, sus familiares hasta el cuarto grado por afinidad o civil, de acuerdo a la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos y Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, familiares de los funcionarios de las Instancias participantes, Organizaciones cuyos miembros formen parte del Consejo Técnico Evaluador, los familiares directos e indirectos de los jóvenes beneficiados en ediciones anteriores y quienes directa o indirectamente estén involucrados en otro proyecto apoyado por el Instituto Potosino de la Juventud.
Décima quinta. Los jóvenes emprendedores, podrán participar únicamente con un proyecto, ya sea en lo individual o en grupo. Se podrá beneficiar a un joven por familia.
Décima sexta. El tutor solidario no podrá ser familiar directo o indirecto del beneficiario o representante de agrupación política, estatal o local, así mismo, no podrá fungir como tal, algún otro participante en la presente convocatoria, se excluye también a los integrantes del Consejo Técnico de Evaluación.
Décima séptima. Los jóvenes beneficiados por esta convocatoria para la generación de empleo, deberán dirigir personalmente el negocio o empresa de que se trate, en caso contrario deberán reintegrar el total del recurso recibido para tal fin, en un período máximo de diez días hábiles, a partir de la fecha en que reciba el comunicado por parte del Instituto Potosino de la Juventud.
Los jóvenes beneficiados por esta convocatoria deberán instalar o fortalecer su empresa o negocio, en un plazo no mayor a 30 días calendario.
Décima octava. Previo a la recepción del recurso, los jóvenes beneficiarios por la presente convocatoria, deberán asistir a la capacitación para emprendedores, con el propósito de que cuenten con los elementos y herramientas necesarias para la administración oportuna y eficiente de su empresa o negocio, en la sede que indique el Instituto Potosino de la Juventud.
Décima novena. El Instituto Potosino de la Juventud, elaborará y suscribirá el convenio con los beneficiarios de la convocatoria y gestionará la entrega de los recursos a los jóvenes que resulten seleccionados.
Vigésima. El plazo máximo de resolución por parte del Consejo Técnico de Evaluación será el 21 de septiembre de 2010. Los resultados sobre la dictaminación de los proyectos participantes en éste programa que resulten beneficiados, se notificarán vía telefónica y por medio de la publicación en página www.slpjoven.gob.mx .
Vigésima primera. El Instituto Potosino de la Juventud, implementará y realizará acciones de acompañamiento y seguimiento a los proyectos apoyados por ésta convocatoria.
Vigésima segunda. El Instituto Potosino de la Juventud mantendrá contacto permanente con los beneficiarios y realizará las acciones correspondientes para la recuperación de los recursos otorgados, a efecto de continuar beneficiando a los jóvenes emprendedores potosinos.
Vigésima tercera. La información presentada en los proyectos participantes, será verificada previo a la entrega de los recursos, en caso de incurrir en falsedad, el proyecto quedará fuera de la convocatoria.
Vigésima cuarta.- Todas aquellas situaciones no previstas en el desarrollo de la presente Convocatoria, serán resueltas por el Comité Organizador, conformado por el Instituto Mexicano de la Juventud y el Instituto Potosino de la Juventud.


http://www.slpjoven.gob.mx
http://emprendedoresjuvenilesinpojuve.blogspot.com/


“Este Programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recursos provienen de los impuestos que pagan todos los contribuyentes. Está prohibido el uso de este programa con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de este programa, deberá ser denunciado y sancionado, de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente.”

No hay comentarios:

Publicar un comentario